A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante De Oficio·Demandado Trejos Soto Erika Alejandra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Único Promiscuo del Circuito de Q (Risaralda) y la Jurisdicción Especial Indígena Resguardo Indígena E y P.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de ciudadana, por el delito de actos sexuales con menor de catorce años.
En la audiencia de acusación el gobernador del Resguardo de la referencia solicitó el cambio de jurisdicción.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones constató la Corte que no se satisfizo el subjetivo, toda vez que los dos despachos coincidieron en que el proceso penal debía ser adelantado por la jurisdicción especial indígena.
Con base en lo anterior la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Penal, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones remitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Penal en relación con la investigación penal que cursa en contra de EATS.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Penal, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Único Promiscuo del Circuito de Q y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.